Auto Supremo AS/0912/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0912/2016

Fecha: 27-Jul-2016

Por otra parte, señala que la parte actora no cumplió lo previsto por el art

Por otra parte, señala que la parte actora no cumplió lo previsto por el art. 1283.I del Código Civil, al no haber demostrado las causas que justifiquen la preferencia de su derecho, al tratarse de dos bienes distintos, con colindancias diferentes y sin prioridad en la inscripción, todo ello conlleva que no existió error de hecho o de derecho, disposiciones contradictorias o interpretación errónea de la Ley, sino más al contrario fue el Juez A-quo el que apreció de manera correcta y completa toda la prueba aportada por ambas partes, habiéndose realizado una fundamentación legal adecuada a lo previsto en el art. 190 del Código de Procedimiento Civil y sobre todo no existió asidero legal alguno que sustente o respalde el recurso de casación, ya que la carga probatoria asignada al demandante no fue demostrada y menos probada respecto a las causas que justifiquen lo previsto en el art. 1545 del Código Civil