Auto Supremo AS/0913/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0913/2016

Fecha: 27-Jul-2016

En el fondo


En el fondo:

Refiere infracción del art. 549 inc.3) del Código de Procedimiento Civil porque
al establecer que el contrato de compra venta es ilícito por ser contrario a las buenas costumbres y ofensivo al sentido común y en el caso no ha existido un contrato ilícito porque no existe prueba de que el contrato de compra venta se ha suscrito con ilicitud contra la Ley o contra las buenas costumbres. Asimismo refiere que es una aberración declarar la nulidad de la minuta de trasferencia sin disponer que el demandante devuelva a la demandada la suma de Bs. 30.000 recibida por la transferencia