Auto Supremo AS/0239/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0239/2016

Fecha: 05-Ago-2016

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2.- Errónea valoración de la prueba de hecho con respecto a las pruebas literales de fs. 38 y 87; y violación del art. 154 y 167 del CPT, al no considerar reconocimiento expreso de falta de pago de último quinquenio periodo 01/03/2008 al 15/11/2013; que el tribunal de apelación refiere con poca apreciación de la prueba, que la literal de fs. 38 acredita el pago de Bs.41.600.- por el último quinquenio más la suma de Bs. 13.600.- sumando así un desembolso de Bs. 55.200.- que a criterio de los jueces de instancias se habría hecho a su favor; sin embargo, el tribunal ad quem, no apreció de forma correcta la prueba cursantes a fs. 38 de obrados consistente en el comprobante de egreso N° 1000322, por el cual a su entender se habría cancelado a favor del actor la suma de Bs. 55.200.- que correspondería a mi segundo quinquenio completo, apreciación totalmente equivocada por cuanto el documento señalado claramente detalla en su contenido: obligaciones sociales a largo plazo - previsiones para beneficios sociales Bs.41.600 y reitera línea más abajo cuando nuevamente inscribe beneficios sociales por pagar Bs.41.600 y posteriormente efectivamente se hace referencia a la suma de Bs. 13.600.- que sumado justamente a los Bs. 41.600.- hacen la suma de Bs.52.200.- los cuales no me fueron cancelados en absoluto excepto por el monto de Bs. 13.600. (Cheque de fs. 39). En ese contexto, sostiene que el tribunal de apelación, no ha apreciado de forma correcta la prueba cursantes a fs. 38 de obrados, consistente en el comprobante de egreso N° 100322, por el cual a su entender se habría cancelado a favor del actor la suma de Bs.55.200.- que correspondería al segundo quinquenio completo, apreciación totalmente equivocada por cuanto el documento señalado (comprobante de egreso N° 100322 de fs. 38) claramente detalla en su contenido obligaciones sociales a “largo plazo”,- Previsiones para beneficios sociales Bs. 41.600, y lo reitera más abajo cuando nuevamente inscribe beneficios sociales por pagar Bs.41.600 y posteriormente efectivamente se hace referencia a la suma de Bs. 13.600, que sumado justamente a los Bs. 41.600.- hacen las suma de Bs.52.200, los cuales no le fueron cancelados en absoluto excepto por el monto de Bs. 13.600.- por ello dicho comprobante de egreso inscribe “previsiones” y “por pagar”, porque en dicho documento si bien cursa mi firma claramente se acredita el pago solamente de Bs. 13.600, siendo claro que se adeuda el pago de estos restantes Bs.41.600