POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 162 a 174. Con costas
- Auto Supremo N° 239/2016
- Sucre, 05 de agosto de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.369/2015
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
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- Concluyó solicitando que este Tribunal Supremo de Justicia, case totalmente el Auto de Vista N°
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, corresponde su análisis y consideración, de donde se
- A lo señalado, y conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, tanto en los
- Consiguientemente, en mérito a lo expuesto, no es evidente lo denunciado en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Se regula los honorarios profesionales en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
