Auto Supremo AS/0240/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0240/2016

Fecha: 05-Ago-2016

recurrente manifestó que estas normas fueron transgredidas porque en la sentencia de primer grado y

b) Sobre la vulneración de los arts. 1296, 1309, 1311 del Código Civil, 400 y 401 de su Procedimiento, 150, 151, 159 del CPT y 6 de la LGT, el
recurrente manifestó que estas normas fueron transgredidas porque en la sentencia de primer grado y en el auto de vista, los jueces de instancia arribaron a la conclusión de la existencia de la relación laboral, en base a la “libre apreciación de la prueba”, dejando de lado la consideración y valoración de la prueba documental pre constituida presentada a fs. 105 y 106 de obrados. Sobre la documental de fs. 105, ya se expresó el criterio de este Tribunal en el punto a) que precede, debiendo referirnos a la documental que cursa a fs. 106 del cuaderno procesal, consistente en una fotocopia legalizada de una boleta de “Solicitud de Bienes y Servicios”, para contratación de servicios de seguridad física, de cuyo análisis se observa que la misma lleva el sello de legalización, con fecha 24 de julio de 2014, más no existe firma del responsable de la legalización, no siendo suficiente el sello de la Coordinación de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, como no resulta suficiente para desvirtuar la pretensión del actor el sello de “Anulado”, documentación sobre la que no puede pretenderse la aplicación de los arts. 1296, 1309, 1311, por no constituir un documento expedido por la autoridad pública competente, menos guardar relación con el original que no consta en obrados, menos existe firma del responsable de cotejar la fotocopia con su original, menos puede otorgarse el valor probatorio de un “Testimonio”, que como requisito indispensable requiere ser autenticado por el funcionario tenedor del original conforme establece el art. 400 del Código de Procedimiento Civil, ni reúne las condiciones de indivisibilidad y alcance probatorio señalado en el art. 401 de dicho procedimiento