Auto Supremo AS/0265/2016-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0265/2016-I

Fecha: 08-Ago-2016

De lo expuesto, se advierte en principio que los plazos procesales a partir de la,

En materia laboral el art. 210 del Código Procesal del Trabajo, establece: "El recurso de nulidad será interpuesto ante la Corte Nacional del Trabajo y Seguridad Social en el término fatal de 8 días computables desde su notificación al recurrente con el auto de vista..."
De lo expuesto, se advierte en principio que los plazos procesales a partir de la, vigencia anticipada del Código Procesal Civil, Ley N° 439 de 19 de noviembre de 2013, se computan en días hábiles y no de momento a momento como solía suceder antes de la vigencia de la norma legal señalada lo cual rige en principio para materia civil y para otras materias en las que no se tenga previsto el cómputo de plazos procesales por la norma especial