La trabajadora al momento de ser despedida se encontraba embarazada, correspondiendo en esa fecha
La trabajadora al momento de ser despedida se encontraba embarazada, correspondiendo en esa fecha la baja pre natal de 45 días. Hecho que no se cumplió porque fue retirada de manera intempestiva y forzosa el 19 de noviembre de 2009. (Art. 66 CPT. en todo juicio social iniciado por el trabajador, la carga de la prueba corresponde al empleador, sin perjuicio de que aquel pueda ofrecer las pruebas que estime convenientes). La empleadora ahora recurrente, no desvirtúo los extremos señalados, pues no prestó ningún medio probatorio que contradiga lo aseverado por la trabajadora. Tampoco canceló los subsidios: prenatal, natalidad y lactancia establecidos por ley a partir del 5to mes de embarazo y hasta que el menor cumpla el año, en consecuencia, la Sentencia y el Auto de Vista establecieron de manera correcta el pago de este beneficio
- VISTOS: El recurso de Casación en el fondo interpuesto por Gabriela Méndez de Marzana
- Que, el Auto de Vista incurre en la causal del numeral 3 del art
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- Constituyendo un evidente error de hecho en el que hubiera incurrido el Tribunal de Alzada
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- Se refiere además a que la Sentencia aduce vulneración del art
- Arguye que la Sentencia tomó en cuenta el acta de suspensión de confesión provocada de
- Concluye el recurso, pidiendo que el Tribunal Supremo de Justicia disponga casar el Auto de
- I.2.3. Respuesta de la demandante – Ignacia Condori Coyo, Rechaza fundamentos de Recurso de Casación
- Señala que la parte demandada sabiéndose perdidosa, acude a diversos argumentos con la finalidad de
- Mediante Auto Supremo No 49-A de 5 de abril de 2016 la Sala Contenciosa y
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- La trabajadora al momento de ser despedida se encontraba embarazada, correspondiendo en esa fecha
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- Si bien el pre finiquito del Ministerio del Trabajo estableció un monto que no hace
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- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula honorario profesional del Abogado de la parte demandante, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
