Acusa que, el tribunal ad quem realizó una errónea e incorrecta aplicación e interpretación de
Acusa que, el tribunal ad quem realizó una errónea e incorrecta aplicación e interpretación de la ley laboral y específicamente del art. 46 de la Ley General del Trabajo (LGT), aduciendo que los Contadores son cargos de confianza por excelencia, no pudiendo estos cobrar horas extraordinarias debido a la modulación efectuada por el Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz moduló esta disposición normativa incluyendo el cargo de Contador en el listado determinado por el art. 36 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo (DR-LGT)
- Auto Supremo Nº 279/2016
- Sucre, 29 de agosto de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.412/2015
- Distrito: Santa Cruz de la Sierra
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero Partido de Trabajo y Seguridad
- En grado de apelación formulada por la actora de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma interpuesto
- Acusa que, el tribunal ad quem realizó una errónea e incorrecta aplicación e interpretación de
- Aduce que, el máximo Tribunal de justicia se pronunció respecto a la valoración de qué
- Expresa que, la decisión judicial asumida en el presente caso, se traduce en el desconocimiento
- Concluyó solicitando, se dicte AS casando el auto de vista impugnado y se declare probada
- En cuanto al recurso de casación en el fondo, la recurrente aduce que el ad
- Al respecto se tiene que, de las literales cursantes de fs
- Por lo tanto, no se hace evidente la vulneración al principio de la inversión de
- En la sustentación de todo proceso, debe prevalecer la verdad material sobre la verdad formal,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
