En grado de apelación formulada por la actora de fs
En grado de apelación formulada por la actora de fs. 93 a 94 vta., la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 39 de 24 de marzo de 2014, confirmó en todas sus partes, la Sentencia Nº 94 de obrados. Sin costas por ser excusable
- Auto Supremo Nº 279/2016
- Sucre, 29 de agosto de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.412/2015
- Distrito: Santa Cruz de la Sierra
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero Partido de Trabajo y Seguridad
- En grado de apelación formulada por la actora de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma interpuesto
- Acusa que, el tribunal ad quem realizó una errónea e incorrecta aplicación e interpretación de
- Aduce que, el máximo Tribunal de justicia se pronunció respecto a la valoración de qué
- Expresa que, la decisión judicial asumida en el presente caso, se traduce en el desconocimiento
- Concluyó solicitando, se dicte AS casando el auto de vista impugnado y se declare probada
- En cuanto al recurso de casación en el fondo, la recurrente aduce que el ad
- Al respecto se tiene que, de las literales cursantes de fs
- Por lo tanto, no se hace evidente la vulneración al principio de la inversión de
- En la sustentación de todo proceso, debe prevalecer la verdad material sobre la verdad formal,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
