El art
III.REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 2 de junio de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Macario Mamani Olvea, Benturo Mamani León y Laura
- c) Por diligencia de 31 de mayo de 2011 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Alegan la existencia de contradicción en la consideración de violación del art
- 3) Denuncian la existencia de contradicción en la valoración del agravio referido a la violación
- 4) Por último, denuncian la incorrecta consideración a su denuncia de violación del art
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 31 de mayo de 2011, fueron
- En cuanto a los demás requisitos de admisión, corresponde previamente señalar que la labor de
- Asimismo, respecto de la invocación de Autos de Vista emitidos por las Salas Penales de
- Ahora bien, en el caso presente los recurrentes formulan cuatro motivos, relativos a una posible:
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
