Auto Supremo AS/0593/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0593/2016-RRC

Fecha: 10-Ago-2016

3) En la Sentencia no se efectuó la fundamentación jurídica, porque no se precisa de


3) En la Sentencia no se efectuó la fundamentación jurídica, porque no se precisa de qué forma los hechos atribuidos a los imputados se subsumieron en el delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, esto en razón que en el considerando VI, se hizo una transcripción de la mencionada disposición legal para luego señalar: “Hecho que se acreditó en el presente caso con la respectiva prueba testifical, literal y pericial” ;sin embargo, en ningún momento se estableció la concurrencia de los elementos descriptivos y normativos del tipo penal señalado en relación al hecho ilícito acusado; razón por la cual, en la calificación jurídica de la conducta atribuida a los imputados, ineludiblemente debió analizarse los elementos constitutivos del delito acusado, identificando con precisión la tipicidad, la antijuridicidad y la culpabilidad, adecuando los hechos en función de la valoración intelectiva de la prueba desfilada en la audiencia de juicio oral, no siendo suficiente la convicción interna a la que hubiere podido arribar el Tribunal de Sentencia, concibiéndose con todo ello que se vulneró el principio de legalidad, al no realizar el Tribunal la explicación jurídica legal de cómo se adecua la conducta de los apelantes en el ilícito previsto y sancionado por el art. 308 Bis del CP, lo que implica falta de fundamentación en la subsunción de la conducta