Auto Supremo AS/0625/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0625/2016-RA

Fecha: 24-Ago-2016

Finalmente, no se considera los precedentes citados en el otrosí 3º de su recurso de


Finalmente, no se considera los precedentes citados en el otrosí 3º de su recurso de casación, pues como se explicó, la simple cita de los mismos no implica cumplimiento del requisito previsto por el segundo párrafo del art. 417 del CPP