Según informan los datos del proceso, los recurrentes interpusieron recurso de apelación restringida, en el
Respecto al único motivo, denuncian los recurrentes la existencia de defectos del Auto de Vista con relación a la inobservancia y mala aplicación de la norma sustantiva referida a la subsunción de los hechos con el tipo penal de despojo previsto por el art. 351 del CP.
Según informan los datos del proceso, los recurrentes interpusieron recurso de apelación restringida, en el sentido de que la Sentencia no hubiese considerado que para que se configure el delito debe invadirse el inmueble, mantenerse en él o expulsar a sus ocupantes, mediante violencia, amenaza engaño, abuso de confianza o cualquier otro medio, siempre y cuando se haya estado en el ejercicio de ese derecho, posesión o derecho real; por lo que, la vía penal no era la idónea, que en todo caso resultaría ser un acto de tentativa de despojo y avasallamiento de parte de los denunciantes hacia los ahora denunciados, es así que el Juez a quo debió rechazar la querella, concluyendo que existe inobservancia y mala aplicación de la norma sustantiva prevista en el art 370 inc. 1) del CPP
- Por memorial presentado el 1 de diciembre de 2015, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia 3/2015 de 26 de junio (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 361/2016-RA de 23 de mayo,
- La parte recurrente alega que el Tribunal de alzada incurrió en una indebida interpretación de
- Argumentan, que no se consideró en la configuración del delito los elementos constitutivos del tipo
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 361/2016-RA de 23 de mayo, cursante de fs
- II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- Por Sentencia 3/2015 de 26 de junio, el Juez de Partido y Sentencia de Yapacani
- En la inspección ocular se ha comprobado que la propiedad estaba totalmente alambrada y que
- II.2. De la apelación restringida interpuesta por los acusados
- Contra la referida Sentencia, los imputados Mamerto, Arminda y Ana Yovio todos de apellidos Flores,
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de
- En el presente recurso de casación, los imputados Mamerto, Arminda y Ana Yovio, todos de
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- III.2. De los precedentes invocados
- “Que en el delito de despojo tipificado en el Art
- Que por otra parte el Art
- “El delito de despojo tiene por bien jurídico y constitucionalmente protegido la posesión como poder
- Por último, se invocó el Auto Supremo 197/2013 de 11 de julio, dictado en un
- De la norma legal sustantiva transcrita se desprende que existen varias formas comisivas del delito
- III.3. Análisis del caso concreto
- Según informan los datos del proceso, los recurrentes interpusieron recurso de apelación restringida, en el
- Además, se tiene que el Tribunal de alzada, en la última parte de la resolución
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
