Auto Supremo AS/0931/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0931/2016

Fecha: 04-Ago-2016

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2.- Que por mandato constitucional, bajo ningún presupuesto podría intentarse hacer uso de normas posteriores que agraven la situación jurídica de los procesados como por ejemplo las modificaciones realizadas al delito de contratos lesivos al Estado por la Ley Nº 004 que incremento el quantum de la pena y que además en su art. 24 ha sistematizado los delitos de corrupción y los vinculados a esta dentro de los cuales se encontraría el de contratos lesivos al Estado y que también ha modificado su contenido sustantivo, y la imposibilidad de aplicar estas modificaciones se fundamenta en la aplicación de los principios de irretroactividad de la Ley Penal, de legalidad y de favorabilidad que se encuentran constitucionalmente reconocidos en los arts. 16-IV y 33 de la CPE de 1967 como en los arts. 116-II y 123 de la CPE vigente además de los diversos tratados y convenios internacionales