De la revisión del recurso de apelación, en sí de la contrastación del recurso de
De la revisión del recurso de apelación, en sí de la contrastación del recurso de apelación con el de casación, no se llega a evidenciar que el reclamo de fondo ahora incoado, relacionado a la valoración de las pruebas de fs. 101 a 102, hubiesen sido opuestas en apelación, debido a que los reclamos expuestos en el recurso de apelación son inherentes a: 1.- El rechazo del apersonamiento del hijo de los garantes de evicción, 2.- Que el documento Nº 231/2010 y su derecho propietario activa su legitimación activa, 3.- Que el fundamento de la Sentencia imposibilita demostrar la nulidad del derecho propietario del demandante y 4.- Que el demandante nunca estuvo en posesión, antecedentes que demuestran que ninguno de sus agravios se encuentra relacionado al reclamo ahora incoado, motivo por el cual lo reclamado no merece consideración alguna en aplicación del principio del per saltum (pasar por alto), puesto que para estar a derecho, el recurrente debió instar en apelación dicho debate y así agotar legal y correctamente toda la segunda instancia, previas a la intervención del Tribunal de Casación, como es el caso, toda vez que el Tribunal de Casación, apertura su competencia para juzgar la correcta o incorrecta aplicación o inaplicación de la norma contenida en el pronunciamiento de alzada, respecto precisamente, al o los agravios que oportunamente fueron apelados y sometidos a conocimiento del Ad quem, extremo que impide el análisis de su agravio
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Por consiguiente se dispone la cancelación forma del asiento B-13 de la matricula 7011990074405, y
- Resolución de primera instancia que fue apelada por Marion Paulette Salinas Morales por escrito de
- Obsérvese además que la recurrente no tiene legitimación alguna para reclamar por los garantes de
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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- Con relación al primer agravio, señala que se rechazó el apersonamiento sin mandato, no ha
- Y en lo referente a la prueba testifical rechazada, expone que la misma, ha sido
- Sobre el punto tercero señala que no puede ser objeto de casación, dado que no
- III.1.-De la Legitimación Procesal
- La teorización sobre el principio de impugnación, establece el carácter de legitimación para recurrir y
- Sobre el derecho a la impugnación se cita la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 1853/2013 de
- III.2.- Del principio de Convalidación
- Razonamiento que tiene relación con lo señalado en la SCP Nº 1420/2014 de 7 de
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Partiendo del entendimiento asumido en la doctrina aplicable III
- Como segundo punto, alude que el Juez de la causa no ha dejado que el
- Del punto en cuestión, se advierte que su contenido alude a dos aspectos netamente formales,
- En lo referente al rechazo del apersonamiento del Hijo de los garantes de evicción, el
- Y como último punto, acusa que el demandante no habría podido demostrar que el
- De la revisión del recurso de apelación, en sí de la contrastación del recurso de
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
