Y como último punto, acusa que el demandante no habría podido demostrar que el
Y en lo que concierne, a que sus medios de prueba testifical habrían sido rechazados pese a que hubiesen sido presentados dentro del plazo, conforme al entendimiento asumido en la doctrina aplicable al caso III.2, cualquier anomalía procesal no reclamada oportunamente es convalidada, debido a que ese silencio dota de plena eficacia los actos procesales, precluyendo por ende su derecho de reclamar posteriormente, hecho que acontece en el caso en cuestión debido a que el Juez por Auto interlocutorio de 17 de noviembre de 2014 de fs. 502 rechaza los medios de prueba aludidos, empero, de los antecedentes procesales se advierte que después de la presentación del memorial de ofrecimiento de prueba, su posterior decreto y notificación, la ahora recurrente no ha presentado memorial alguno, hasta la impugnación de la Sentencia, extremos que denotan convalidación en la decisión asumida por el Juez de Primera instancia, máxime si posterior a ese actuado como se expuso, el recurrente no ha realizado actuado alguno dentro del periodo probatorio, antecedentes que hacen inviable su reclamo.
Y como último punto, acusa que el demandante no habría podido demostrar que el pago del monto de la transferencia del inmueble cuyo mejor derecho se demanda, puesto que las certificaciones emitidas por los bancos de fs. 101 a 102 evidenciarían que el supuesto monto de transferencia nunca ha existido en las cuentas del comprador, pruebas que no hubiesen sido valoradas o consideradas
Y como último punto, acusa que el demandante no habría podido demostrar que el pago del monto de la transferencia del inmueble cuyo mejor derecho se demanda, puesto que las certificaciones emitidas por los bancos de fs. 101 a 102 evidenciarían que el supuesto monto de transferencia nunca ha existido en las cuentas del comprador, pruebas que no hubiesen sido valoradas o consideradas
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Por consiguiente se dispone la cancelación forma del asiento B-13 de la matricula 7011990074405, y
- Resolución de primera instancia que fue apelada por Marion Paulette Salinas Morales por escrito de
- Obsérvese además que la recurrente no tiene legitimación alguna para reclamar por los garantes de
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 2
- 3
- Con relación al primer agravio, señala que se rechazó el apersonamiento sin mandato, no ha
- Y en lo referente a la prueba testifical rechazada, expone que la misma, ha sido
- Sobre el punto tercero señala que no puede ser objeto de casación, dado que no
- III.1.-De la Legitimación Procesal
- La teorización sobre el principio de impugnación, establece el carácter de legitimación para recurrir y
- Sobre el derecho a la impugnación se cita la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 1853/2013 de
- III.2.- Del principio de Convalidación
- Razonamiento que tiene relación con lo señalado en la SCP Nº 1420/2014 de 7 de
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Partiendo del entendimiento asumido en la doctrina aplicable III
- Como segundo punto, alude que el Juez de la causa no ha dejado que el
- Del punto en cuestión, se advierte que su contenido alude a dos aspectos netamente formales,
- En lo referente al rechazo del apersonamiento del Hijo de los garantes de evicción, el
- Y como último punto, acusa que el demandante no habría podido demostrar que el
- De la revisión del recurso de apelación, en sí de la contrastación del recurso de
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
