Resolución de primera instancia que fue apelada por Marion Paulette Salinas Morales por escrito de
Resolución de primera instancia que fue apelada por Marion Paulette Salinas Morales por escrito de fs. 229 a 230, a cuyo efecto la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz mediante Auto de Vista de fecha 30 de julio de 2015, cursante de fs. 549 y vta.,, CONFIRMÓ totalmente la Sentencia de fecha 20 de marzo de 2015, bajo el fundamento que: “en ese marco, se tiene que los agravios acusados por la demandada recurrente no son ciertos, pues conforme a los antecedentes se tiene que ante el rechazo del apersonamiento de MIRCO ANTONIO ETEROVIC SKARIC, y sin que se haya impugnado el mismo, no corresponde atender los reclamos de la recurrente dado que ni los propios interesados (ANTONIO ETEROVIC MARTINIC Y VANIA SARIC DE ETEROVIC) formularon cuestionamiento alguno al respecto; consiguientemente resulta correcta la determinación del juez a quo de los antes nombrados no son parte del proceso, pues únicamente procedió a su citación ante la interposición de la excepción previa. Nótese evicción, la responsabilidad de los mismos queda reatada a la de la hoy recurrente, quien además tendrá la facultad de accionar en la vía legal correspondiente a efectos de la reparación de sus derechos
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Por consiguiente se dispone la cancelación forma del asiento B-13 de la matricula 7011990074405, y
- Resolución de primera instancia que fue apelada por Marion Paulette Salinas Morales por escrito de
- Obsérvese además que la recurrente no tiene legitimación alguna para reclamar por los garantes de
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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- Con relación al primer agravio, señala que se rechazó el apersonamiento sin mandato, no ha
- Y en lo referente a la prueba testifical rechazada, expone que la misma, ha sido
- Sobre el punto tercero señala que no puede ser objeto de casación, dado que no
- III.1.-De la Legitimación Procesal
- La teorización sobre el principio de impugnación, establece el carácter de legitimación para recurrir y
- Sobre el derecho a la impugnación se cita la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 1853/2013 de
- III.2.- Del principio de Convalidación
- Razonamiento que tiene relación con lo señalado en la SCP Nº 1420/2014 de 7 de
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Partiendo del entendimiento asumido en la doctrina aplicable III
- Como segundo punto, alude que el Juez de la causa no ha dejado que el
- Del punto en cuestión, se advierte que su contenido alude a dos aspectos netamente formales,
- En lo referente al rechazo del apersonamiento del Hijo de los garantes de evicción, el
- Y como último punto, acusa que el demandante no habría podido demostrar que el
- De la revisión del recurso de apelación, en sí de la contrastación del recurso de
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
