Auto Supremo AS/0997/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0997/2016

Fecha: 24-Ago-2016

Al respecto corresponde señalar que de la revisión y análisis del acta de inspección judicial

Al respecto corresponde señalar que de la revisión y análisis del acta de inspección judicial e fs. 335 a 336, se tiene que en dicho acto el Juez A quo realizó una descripción del estado de la pared que ocasiono el conflicto de partes, visitando a tal efecto ambos inmuebles; descripción que no acredita la legitimación que el recurrente arguye, toda vez que dicho análisis descriptivo hace referencia al perjuicio que habría sufrido la pared de referencia en dicho actuados con la construcción nueva iniciada por los demandados, que por ningún motivo puede generar o acreditar el derecho sustantivito que le permita al actor demandar la nulidad del contrato de compra venta del inmueble contiguo a su propiedad, ya que el perjuicio que el recurrente alega habría sufrido por efecto de la construcción nueva que los demandados iniciaron en el inmueble contiguo a su propiedad, no depende de la invalidez del contrato de compra venta por el cual los demandados adquirieron su derecho propietario, tampoco acredita que el actor tenga derecho alguno que derive o se vea afectado con la firma de dicho contrato que fue suscrito por terceros ajenos a su persona y a su propiedad, razonamiento también aplicable al pronunciamiento de la medida precautoria de no innovar (fs. 337 y vta.) sobre parte del inmueble donde existe la construcción nueva, que colinda con el inmueble del demandante, emergente de la inspección Judicial antes analizada, actuado que en criterio del recurrente también se le habrían reconocido legitimación, sin embargo, conforme ya se expuso el supuesto perjuicio en la pared colindante entre los inmuebles de las partes, no deriva de los efectos del contrato de compra venta cuyo efecto principal es la adquision del derecho propietario de los demandados