Auto Supremo AS/0997/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0997/2016

Fecha: 24-Ago-2016

El art

El art. 115-I de la Constitución Política del Estado, señala lo siguiente: “I. Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos”, como se podrá apreciar, la norma constitucional describe la defensa de los derechos y los intereses legítimos de las personas, debe ser protegida por los operadores judiciales, consiguientemente, la norma activa la función jurisdiccional, siempre y cuando se trate de los intereses legítimos que las partes deben acreditar