Auto Supremo AS/0997/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0997/2016

Fecha: 24-Ago-2016

Sobre el particular es conveniente señalar que la legitimación, conforme a la doctrina se clasifica

Sobre el particular es conveniente señalar que la legitimación, conforme a la doctrina se clasifica en legitimación procesal y legitimación ad- causam; la primera está referida a la aptitud o idoneidad para intervenir válidamente en el proceso, ya sea de parte del demandante o del demandado o de quienes intervienen en su representación (apoderados); es una cuestión de carácter estrictamente formal; en tanto que la legitimación ad causam se vincula con la titularidad del derecho sustancial que se pretende ejercitar con la demanda, exige que la demanda sea presentada por quien realmente tenga la titularidad del derecho sustancial que se reclama, es una cuestión que hace al fondo de la pretensión