En cuanto a la contestación del recurso de casación de que el recurso no fuera
En cuanto a la contestación del recurso de casación de que el recurso no fuera congruente, corresponde señalar que la Sentencia Constitucional N° 110/2014S2 de 4 de noviembre:
“2) Cuando el recurrente no hubiere cumplido con el mandato del inciso 2) del artículo 258, 3) Cuando el recurrente no hubiere intervenido en las instancias o careciere de representación legal’. De la lectura de las causales transcritas, se tiene como un supuesto de improcedencia el incumplimiento del mandato inserto en el inciso 2) del art. 258 del CPC; el precepto legal mencionado contiene los requisitos que debe reunir el recurso de casación y cuyo incumplimiento constituye, conforme se advirtió, en una causal de improcedencia.
El inciso antes mencionado a la letra indica: ‘Deberá citar en términos claros, concretos y precisos la sentencia o auto del que se recurriere, su folio dentro del expediente, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma, o ambos.
Estas especificaciones deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales o escritos anteriores ni suplirse posteriormente’
“2) Cuando el recurrente no hubiere cumplido con el mandato del inciso 2) del artículo 258, 3) Cuando el recurrente no hubiere intervenido en las instancias o careciere de representación legal’. De la lectura de las causales transcritas, se tiene como un supuesto de improcedencia el incumplimiento del mandato inserto en el inciso 2) del art. 258 del CPC; el precepto legal mencionado contiene los requisitos que debe reunir el recurso de casación y cuyo incumplimiento constituye, conforme se advirtió, en una causal de improcedencia.
El inciso antes mencionado a la letra indica: ‘Deberá citar en términos claros, concretos y precisos la sentencia o auto del que se recurriere, su folio dentro del expediente, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma, o ambos.
Estas especificaciones deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales o escritos anteriores ni suplirse posteriormente’
- Auto Supremo: 1001/2016
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Luego de sanearse el proceso se pronuncia el Auto de Vista de fs
- II.-CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Cita el art
- Manifiesta que al revocar la Resolución Nº 311”A”, no se ha revisado con relación a
- Asimismo señala que se reclamó la inexistencia de fundamentación del Auto de Vista, no se
- Asimismo refiere el factor de la congruencia, siendo ese el argumento de la apelación de
- Por lo que solicita se case el Auto de Vista
- La parte actora contesta el recurso de casación en su escrito de fs
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Diremos que la fundamentación de la Sentencia constituye una garantía para las partes del proceso,
- Al respecto el art
- Como se señaló la motivación de la Sentencia debe responder a esos tres aspectos esenciales
- Es deber de los operadores judiciales de absolver los reclamos argumentados las razones por la
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- El art
- El argumento expuesto, responde a las acusaciones de no haberse resuelto las excepciones previas que
- En cuanto a la contestación del recurso de casación de que el recurso no fuera
- Como se puede advertir, el precepto legal contiene exigencias que son de orden formal y
- Así, se tiene que el art
- Con relación a la exigencia de citar en términos claros, concretos y precisos, la ley
- Correspondiendo dictar Resolución conforme determina el art
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- De conformidad a lo previsto en el art
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
