Auto Supremo AS/1001/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1001/2016

Fecha: 24-Ago-2016

La parte actora contesta el recurso de casación en su escrito de fs

La parte actora contesta el recurso de casación en su escrito de fs. 231 a 236, alegando que el recurrente no menciona que ley se hubiera aplicado en forma errónea; lo que se pretende es la nulidad de los documentos nacidos por infracción a normas civiles, el primer documento entre Banco Big Beni y la Empresa Torrher, y la segunda entre Rosario Sánchez y Banco Sur por falta de forma, causa ilícita, al comprobarse que dichas minutas y escritura fueron falsificadas; asimismo señala que demanda por nulidad y no por anulabilidad, y cita la Sentencia Constitucional Nº 919/2014 de 15 de mayo y el Auto Supremo Nº 275/2014 de 2 de junio de 2014; refiere que el art. 134 de la LOJ derogada, señala la competencia de los jueces de partido parta conocer procesos de nulidad, alegando que lo que se pretende es la nulidad de los documentos, alegando que la transferencia fue efectuada el año 2001 y la minuta fue labrad el 2012; cuestiona la aplicación de la Ley Nº 025, y refiere que la demanda no versa sobre resolución judicial sino de nulidad de documentos y minutas; respecto a la falta de consideración de la respuesta al recurso el recurrente no señala la norma infringida conforme al art. 253 del Código de Procedimiento Civil, pues la falta de pronunciamiento de excepciones de cosa juzgada y caducidad constituye nulidad procesal; sobre la acusación de falta de motivación es impertinente en un recurso de casación en el fondo, cuando la misma es causal de casación en la forma; asimismo refiere sobre la falta de valoración de los medios de prueba no se señala con precisión los medios probatorios; sobre el incumplimiento del principio de congruencia, refiere que no se puede discernir una casación en el fondo con una casación en la forma. Por lo que solicita se declara infundado el recurso planteado