Auto Supremo AS/1011/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1011/2016

Fecha: 24-Ago-2016

Sobre lo alegado, del análisis de obrados se advierte que una vez suscitada la excusa

Sobre lo alegado, del análisis de obrados se advierte que una vez suscitada la excusa a fs. 404, la misma es puesta a conocimiento de partes por decreto de fs. 405, y a fs. 414 se convoca a Eddy Mejia Montaño Presidente de Sala Civil Segunda a efectos de conformar Sala y posteriormente se dicta el correspondiente Auto de Vista que es objeto del presente recurso de casación, del análisis de obrados no se advierte que el ahora recurrente de forma inmediata hubiese observado lo ahora reclamado, es decir, -la excusa y la convocatoria realizada-, por cuanto, con su silencio ha dotado de plena eficacia jurídica a esos actuados procesales conforme lo descrito en la doctrina aplicable III.1, operándose el principio de convalidación y por ende el de preclusion, no resultando viable la nulidad de obrados impetrada, puesto que, no resulta ético que ante las resultas de una resolución desfavorable recién observar aspectos de forma no reclamados oportunamente