Auto Supremo AS/0314/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0314/2016

Fecha: 20-Sep-2016

Por otra parte, respecto a la Ley de Pensiones, el recurrente, se limitó a señalar

Por otra parte, respecto a la Ley de Pensiones, el recurrente, se limitó a señalar que “mal podría pretender otorgarse el Certificado de Compensación de Cotizaciones a favor del Sr. JUAN CARLOS CHÁVEZ JIMÉNEZ en franca VIOLACIÓN de las disposiciones legales contenidas en el Párrafo I del Art. 24 de la Ley No. 065 de fecha 10 de diciembre de 2010…” y en el subtítulo que señala normas legales violadas, erróneamente interpretadas e indebidamente aplicadas, se limitó simplemente a enunciar, entre otras disposiciones legales, el art. 24 de la Ley de Pensiones, sin realizar ninguna fundamentación que demuestre de qué manera el tribunal de alzada habría violado, interpretado erróneamente o aplicado indebidamente, incurriendo en el incumplimiento de lo previsto en el art. 258.2 del CPC