Auto Supremo AS/0314/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0314/2016

Fecha: 20-Sep-2016

Por otra parte, se observa que el recurrente, no precisa ni realiza fundamentación alguna que

Por otra parte, se observa que el recurrente, no precisa ni realiza fundamentación alguna que demuestre de qué manera el tribunal de alzada habría violado, interpretado erróneamente o aplicado indebidamente, incurriendo en el incumplimiento de lo previsto en el art. 258.2 del CPC, que exige como requisitos del recurso, entre otros aspectos, que deberá especificar en qué consiste la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma, o ambos