El reclamo se concentra en el pago del subsidio de lactancia, pago de vacaciones y
CONSIDERANDO II
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
Que, así formulado el recurso de casación en el fondo, del análisis y examen exhaustivo de las piezas cursantes en el proceso y la normativa legal aplicable al caso en relación a las infracciones acusadas por la parte recurrente, del análisis y compulsa de los antecedentes del proceso, se concluye que:
El reclamo se concentra en el pago del subsidio de lactancia, pago de vacaciones y pago del subsidio de frontera, haciendo referencia a disposiciones legales que supuestamente habría sido infringida en el auto de vista impugnado, por lo que, se ingresa a considerar dichos reclamos, conforme a los siguientes razonamientos:
II.1.1.Sobre el reclamo de subsidio de lactancia y vacación
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
Que, así formulado el recurso de casación en el fondo, del análisis y examen exhaustivo de las piezas cursantes en el proceso y la normativa legal aplicable al caso en relación a las infracciones acusadas por la parte recurrente, del análisis y compulsa de los antecedentes del proceso, se concluye que:
El reclamo se concentra en el pago del subsidio de lactancia, pago de vacaciones y pago del subsidio de frontera, haciendo referencia a disposiciones legales que supuestamente habría sido infringida en el auto de vista impugnado, por lo que, se ingresa a considerar dichos reclamos, conforme a los siguientes razonamientos:
II.1.1.Sobre el reclamo de subsidio de lactancia y vacación
- Expediente: SC-CA.SAII-PDO.445/2015
- Distrito: Pando
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En conocimiento del precitado fallo, ambas partes, demandante y demandado opusieron recurso de apelación conforme
- Contra el auto de vista, la entidad demandada, opuso recurso de casación en el fondo
- Por otra parte, respecto a la monetización de vacaciones, después de hacer referencia al art
- Señala que respecto al bono de frontera, el demandante fue contratado como funcionario público eventual,
- Finalmente hace referencia que no se consideró el Dictamen General (DG)Nº 06/2014 de 09 de
- La entidad recurrente, solicita se emita Auto Supremo, que case el auto de vista recurrido
- El reclamo se concentra en el pago del subsidio de lactancia, pago de vacaciones y
- Que, de la revisión del auto de vista impugnado se advierte que, el mismo no
- II.1.2.En cuanto al reclamo que no corresponde el subsidio de frontera
- En consecuencia se concluye que en los referidos contratos, no se cerró totalmente la posibilidad
- Consiguientemente, a los fines de analizar los argumentos de la entidad demandada, corresponde realizar las
- de los 50 km
- Finalmente, el art
- II.2. Conclusiones
- Que, en ese marco legal, se concluye, que el auto de vista impugnado, se ajusta
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas, en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
