Auto Supremo AS/0328/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0328/2016

Fecha: 20-Sep-2016

I.1.2.- AUTO DE VISTA

I.1.2.- AUTO DE VISTA:
En grado de apelación formulada por la entidad demandada de fs. 184, la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 28/2015 de 27 de febrero de fs. 344 a 346, confirmando la Sentencia Nº 14/2013 de 25 de enero de fs. 160 a 169 de obrados así como el Auto Complementario de fs. 188, con la aclaración de que ejecutoriados que sean los fallos a tiempo de cancelar los sueldos devengados y demás derechos, se proceda al juramento de no haber trabajado y recibido remuneración alguna de institución pública o privada durante el tiempo de cesantía, bajo responsabilidad de no cancelárseles los salarios devengados