Auto Supremo AS/0334/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0334/2016

Fecha: 20-Sep-2016

Consiguientemente, por lo expuesto, se concluye que el tribunal de alzada incurrieron en vulneración del

II.2.- CONCLUSIONES
Consiguientemente, por lo expuesto, se concluye que el tribunal de alzada incurrieron en vulneración del debido proceso, previsto en el art. 115.II de la C.P.E., que debe ser enmendado, en observancia y cumplimiento de lo dispuesto por los arts. 271.3), 275 del CPC, aplicables a la materia por permisión de los arts. 214 y 297.II de la Ley Nº 1340 de 28 de mayo de 1992 y 74.2 de la Ley Nº 2492 Código Tributario de 2 de agosto de 2003