Auto Supremo AS/0341/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0341/2016

Fecha: 30-Sep-2016

De lo precedentemente señalado, esta Sala concluye que no son evidentes las infracciones denunciadas en

De lo precedentemente señalado, esta Sala concluye que no son evidentes las infracciones denunciadas en el primer recurso de casación cursante de fs. 157 a 162 vta., correspondiendo en tal circunstancia resolver en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.2 y 273 del CPC; en cuanto al segundo recurso cursante de fs. 166 a 167 vta. y de fs. 170 a 171 vta., se debe señalar que el recurso en cuestión no reúne las condiciones mínimas que exige la técnica recursiva prevista en el código ritual de la materia, lo cual hace inviable su consideración, porque impide a este Tribunal Supremo abrir su competencia para resolver el fondo del litigio, correspondiendo resolver el mismo según lo previsto por los art. 271.1 y 272.2 del CPC, aplicables por mandato del artículo 252 del CPT