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    Auto Supremo AS/0374/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0374/2016

    Fecha: 30-Sep-2016

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    • Expediente: SC-CA.SAII-OR.30/2016
    • Distrito: Oruro
    • Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
    • I.1.1-SENTENCIA
    • I.1.2.- AUTO DE VISTA
    • Contra el referido auto de vista, la empresa recurrente, interpuso recurso de casación de fs
    • Como segundo agravio denunció que los contratos civiles fueron dentro del marco de la norma
    • Por último, en el tercer agravio acusó que el tribunal de alzada incurrió en infracción
    • Por otra parte sostuvo que el actor no fue destituido de forma intempestiva, sino por
    • Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, se sirva revocar el auto de vista
    • En cuanto a la inexistencia de una relación laboral alegada por el recurrente en base
    • Ahora bien, con relación a que los contratos civiles fueron dentro del marco de la
    • En ese entendido, conforme el principio de la primacía de la realidad importa que, en
    • Para estos efectos, es preciso señalar que los contratos civiles, se realizan en forma independiente,
    • En este sentido, una continua renovación de estos contratos, “ 10 contratos a plazo fijo”
    • Ahora bien, con relación al contrato de trabajo, el art
    • A fin de establecer si en la especie existió contrato laboral o no, es importante
    • Por otro lado, respecto a la subordinación, tenemos que es el elemento determinante para establecer
    • Por otro lado, independientemente de que el actor emitió mensualmente facturas o se le realizó
    • Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, no siendo evidente les reclamos efectuados en el
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • Sin costas por disposición de los art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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