Como segundo agravio denunció que los contratos civiles fueron dentro del marco de la norma
Como segundo agravio denunció que los contratos civiles fueron dentro del marco de la norma básica tanto en el Decreto Supremo (DS) N° 29190 y DS N° 0181 que establece contratación directa y el art. 85 que determina que los contratos de consultoría son de carácter administrativo y por lo tanto tiene carácter civil precisamente por la prueba literal adjunta facturas emitidas por el demandante, comprobante individuales, cheque individual, su pago registro ante el seguro a corto y largo plazo, en general, el demandante tuvo asignadas tareas propias para la consultoría contratada, por lo que el tribunal ad quem, incurrió en infracción de los arts. 4 y 5 del DS N° 28699, puesto que en la especie no corresponde el pago de beneficios sociales, toda vez que como se demostró los contratos estaban sujetos a la Ley N° 1178, Ley N° 2027, en el marco de los DS 29190 y DS 0181, por lo tanto no se puede aplicar la norma laboral porque el demandante no se encuentra sujeto a estas disposiciones
- Expediente: SC-CA.SAII-OR.30/2016
- Distrito: Oruro
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- I.1.1-SENTENCIA
- I.1.2.- AUTO DE VISTA
- Contra el referido auto de vista, la empresa recurrente, interpuso recurso de casación de fs
- Como segundo agravio denunció que los contratos civiles fueron dentro del marco de la norma
- Por último, en el tercer agravio acusó que el tribunal de alzada incurrió en infracción
- Por otra parte sostuvo que el actor no fue destituido de forma intempestiva, sino por
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, se sirva revocar el auto de vista
- En cuanto a la inexistencia de una relación laboral alegada por el recurrente en base
- Ahora bien, con relación a que los contratos civiles fueron dentro del marco de la
- En ese entendido, conforme el principio de la primacía de la realidad importa que, en
- Para estos efectos, es preciso señalar que los contratos civiles, se realizan en forma independiente,
- En este sentido, una continua renovación de estos contratos, “ 10 contratos a plazo fijo”
- Ahora bien, con relación al contrato de trabajo, el art
- A fin de establecer si en la especie existió contrato laboral o no, es importante
- Por otro lado, respecto a la subordinación, tenemos que es el elemento determinante para establecer
- Por otro lado, independientemente de que el actor emitió mensualmente facturas o se le realizó
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, no siendo evidente les reclamos efectuados en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas por disposición de los art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
