Auto Supremo AS/0673/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0673/2016-RRC

Fecha: 12-Sep-2016

2) Haciendo referencia a las conclusiones expuestas en el punto 1, 2 y 3 del


2) Haciendo referencia a las conclusiones expuestas en el punto 1, 2 y 3 del Auto de Vista impugnado, el recurrente argumenta que el Ad quem, a tiempo de concluir que la Sentencia hubiere incurrido en el defecto previsto por el inc. 6) del art. 370 del CPP, no señaló que reglas de la valoración de las pruebas fueron omitidas por el Tribunal de mérito a tiempo de pronunciar la Sentencia, basándose en simples presunciones y conjeturas subjetivas para anular la Sentencia con base a un defectuoso análisis de la Sentencia, vulnerando el derecho a la Tutela Judicial Efectiva