Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 419/2016-RA de 13 de junio,
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Robín Taylor Orozco Aruquipa (fs. 180 a 187) y el acusador particular Max Fernando Escobar Pillco (fs. 207 a 210), interpusieron recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 85/2015 de 24 de noviembre, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de La Paz, que declaró procedentes las cuestiones planteadas por el imputado y anuló totalmente la Sentencia, disponiendo la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia, dando lugar a la formulación de recurso de casación.
I.2. Motivos del recurso de casación.
Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 419/2016-RA de 13 de junio, se extraen los motivos a ser analizados en la presente Resolución, conforme al mandato establecido en los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ)
- Por memorial presentado el 29 de febrero de 2016, cursante de fs
- a) Por Sentencia 22/2015 de 13 de julio (fs
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 419/2016-RA de 13 de junio,
- 1) El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, violó el debido proceso y los
- 2) Haciendo referencia a las conclusiones expuestas en el punto 1, 2 y 3 del
- Mediante Auto Supremo 419/2016-RA de 13 de junio, cursante de fs
- Por su parte, la víctima Max Fernando Escobar Pillco, interpone similar recurso manifestando que la
- Las apelaciones restringidas, son resueltas por el Auto de Vista impugnado, dictado por la Sala
- El Tribunal de Sentencia, respecto a las pruebas PQ1, PQ2, PQ3, PQ4, PQ6, PQ7, PQ9,
- El Tribunal de origen había fundamentado que Robín Taylor Orozco Aruquipa y Adalid Mauricio Orozco
- III
- El recurrente en el primer motivo de casación, denunció que el Tribunal de apelación no
- En virtud de este principio de legalidad, los Tribunales del alzada asumen competencia funcional, únicamente
- El incumplimiento a las normas adjetivas penales referidas precedentemente, por falta de circunscripción del Tribunal
- En el caso de autos, si bien el Tribunal de alzada en la parte resolutiva
- Verificándose que pese a que el Tribunal de apelación en el segundo considerando del Auto
- En el segundo motivo de casación, el recurrente denuncia que el Tribunal de apelación a
- Al respecto, es menester señalar que la denuncia por defectuosa valoración de la prueba, defecto
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al sistema
- Por otra parte, debe tenerse en cuenta, dado que el defecto previsto por el art
- En la parte dispositiva del fallo, conforme establece el art
- En consecuencia, al establecerse que la decisión asumida por el Tribunal de alzada para anular
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
