Auto Supremo AS/0673/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0673/2016-RRC

Fecha: 12-Sep-2016

Las apelaciones restringidas, son resueltas por el Auto de Vista impugnado, dictado por la Sala


II.2. Del Auto de Vista impugnado.

Las apelaciones restringidas, son resueltas por el Auto de Vista impugnado, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declara procedentes las cuestiones planteadas y anula totalmente la Sentencia, disponiendo la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia, bajo los siguientes argumentos:

En el tercer considerando de la resolución impugnada, puntos 1, 2 y 3, el Tribunal de alzada refiere que de la declaración de la víctima, se infiere contradicciones que no fueron valorados por el Tribunal de Sentencia, pues se advertiría la intervención de un tercer sujeto de nombre Horacio, aspecto que sería corroborado por la declaración del testigo Paulino Huayhua Gutiérrez, hecho que no hubiere sido verificado por el A quo a objeto de determinar el grado de responsabilidad de los acusados, pues existirían tres momentos con diferentes partícipes e indudablemente con grados de responsabilidad distintas; por lo que, existe el defecto de sentencia previsto por el art. 370 inc. 6) del CPP, el cual constituye defecto absoluto que violenta el debido proceso en su elemento derecho a la defensa consagrada por el art. 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE)