Auto Supremo AS/0688/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0688/2016-RA

Fecha: 13-Sep-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 114/15 de 23 de noviembre de 2015 (fs. 2818 a 2828 vta.), el Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Cruz, declaró a David Huayllani Copa autor de la comisión de los delitos de Uso Indebido de Bienes y Servicios; y, Uso Indebido de Influencias, previstos y sancionados por los arts. 26 de la Ley 004 y 146 del CP, imponiéndole la pena de cuatro años de reclusión; asimismo, le absolvió del delito de Incumplimiento de Deberes. Por otro lado, declaró a Rómulo Arturo Velásquez Romero, autor de los delitos de Uso Indebido de Influencias, Incumplimiento de Deberes, Encubrimiento y Omisión de Denuncia, tipificados por los arts. 146, 154, 171 y 178 del CP, imponiéndole la pena de tres años y seis meses de presidio, además a ambos imputados se les sancionó al pago de costas.

b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados David Huayllani Copa (fs. 2920 a 2933 vta.), Rómulo Arturo Velásquez Romero (fs. 2940 a 2950); y, los representantes de YPFB como parte acusadora (fs. 2965 a 2969 vta.), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 29 de 27 de mayo de 2016, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibles e improcedentes los tres recursos de apelación restringida