Auto Supremo AS/0697/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0697/2016-RRC

Fecha: 16-Sep-2016

Agrega, que al ser la Estafa un delito instantáneo que se comete al momento de


Agrega, que al ser la Estafa un delito instantáneo que se comete al momento de la disposición patrimonial, no existe prueba alguna que señale que el acusador fue engañado al momento de la disposición patrimonial y que ese error no era superable, demostrándose la errónea aplicación del art. 335 del CP, no resultando fundamento que su persona se hubiere negado a la firma del documento de 22 de noviembre de 2008, ya que en ese momento no existió disposición patrimonial, porque dichos actos son distintos al acto de diligencia de reconocimiento de firmas y rúbricas de 24 de octubre de 2012, ese actuado de ninguna manera puede constituir para configurar los elementos constitutivos de la Estafa porque no existe la relación de causalidad entre el tiempo de ejecución del acto de 2008 y del 2012