Auto Supremo AS/0697/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0697/2016-RRC

Fecha: 16-Sep-2016

En relación al primer motivo, relacionado a la errónea aplicación de la ley sustantiva referida


La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Auto de Vista 156/2016 de 18 de abril, declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada, bajo los siguientes argumentos, únicamente con relación al motivo de casación que corresponde su análisis de fondo:

En relación al primer motivo, relacionado a la errónea aplicación de la ley sustantiva referida al art. 335 del CP, del análisis de la sentencia se evidencia que el ardid o engaño que provocó el error de la víctima ha sido ampliamente analizado y explicado con suficiencia y motivación pertinente al respecto, en la fundamentación jurídica de la sentencia luego de analizar el art. 14 del CP, a partir de las conclusiones arribadas por el Tribunal de grado, fruto de la valoración conjunta y armónica de la prueba producida en autos, estableciéndose los siguientes hechos de trascendencia:

a) El imputado adquirió el vehículo en la ciudad de Santa Cruz y que por la documentación pertinente, el mismo tenía motor a diésel que en ningún momento recibió el equipo de gas GLP del anterior propietario, el mismo que solo es compatible con vehículos con motor a gasolina