Auto Supremo AS/0737/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0737/2016-RA

Fecha: 26-Sep-2016

Más adelante afirma que “…de la revisión de la sentencia dictada por el Tribunal Primero


Más adelante afirma que “…de la revisión de la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Sentencia de Cobija se tiene que evidentemente carece de una adecuada fundamentación conforme las exigencias antes descritas, al resultar insuficiente la fundamentación fáctica, por cuanto no se efectuó una descripción clara, precisa y circunstanciada de los hechos establecidos como verdaderos, limitándose en el III Fundamentación fáctica considerando de la Sentencia (Fundamentación Jurídica), después de realizar un nuevo resumen de las declaraciones de los testigos de cargo y descargo (fundamentación descriptiva); a establecer, de manera poco clara y precisa que el Robo ocurrió con fuerza y violencia con la participación de María Sihuayro, quien sin embargo no pudo cometer sola el hecho, sino que tuvo la ayuda de la persona más cercana a ella con la fuerza suficiente para deschapar el candado y violentar las armellas de la puerta y voltear el muro de adobes” (sic), descripción fáctica que tilda de vaga; por cuanto, correspondía la descripción de los hechos estimados como probados, explicando cómo se produjo el hecho acusado, cuál la participación del imputado y cuáles las otras circunstancias también probadas que interesaban al hecho objeto de juicio, conforme la asignación del valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba. Al respecto, transcribe el “Acta de Registro de juicio oral Pag. 09…Pag. 31” (sic) con relación a la atestación de los imputados Dionel Novoa Manuyama y Joselito Sabene Justiniano