Respecto a la presunta cosa juzgada, debiera tenerse en cuenta la naturaleza del recurso de
Respecto a la presunta cosa juzgada, debiera tenerse en cuenta la naturaleza del recurso de casación, los requisitos a cumplir, que en el caso se habría dado cumplimiento a lo previsto por el art. 236 del Procedimiento civil, al haberse respondido, califica de falta de precisión e incompleta el recurso respondido, que confundiría las sentencias constitucionales como precedentes o jurisprudencia ordinaria, cuando no constituirían doctrina en procesos ordinarios, pide se declare infundado el recurso
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que fue apelada por Pedro Saavedra Sotillo, por memorial de fs
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
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- Sobre los puntos 2 y 6 de la apelación sobre la acción reivindicatoria, recurriendo jurisprudencia
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- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Solicita al final se dicte Auto Supremo anulando obrados hasta el vicio más antiguo, cual
- De la respuesta al recurso de casación
- Realizaría una historiación con inclusión de doctrina, sobre lo que se entendería contestación a la
- Respecto a la presunta cosa juzgada, debiera tenerse en cuenta la naturaleza del recurso de
- Cosa Juzgada como excepción previa y su tramitación
- Si bien de lo precedentemente expuesto se conoce que el A quo concedió el recurso
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al margen de lo anterior, en consideración al nuevo orden constitucional y la previsión contenida
- De lo anterior se colige que el tema ahora traído a discusión como argumento de
- Respecto al tema como se señaló en el punto 2 de la Doctrina aplicable, en
- En ese marco, el recurrente pretende encontrar cosa juzgada - oponible a la presente causa-
- Al respecto, corresponde puntualizar que si bien existe la concurrencia de algunos elementos como el
- El argumento que el haber logrado resoluciones favorables de mejor derecho de propiedad, así como
- Por lo expuesto corresponde emitir Resolución por el infundado
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
