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    Auto Supremo AS/1062/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1062/2016

    Fecha: 06-Sep-2016

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    • Hilarión Cari Gómez
    • Proceso: Rescisión de Contrato por lesión y otro
    • Distrito: Santa Cruz
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Contra esta resolución el demandado Hilarión Cari Gómez interpuso recurso de apelación cursante de fs
    • Del recurso de casación en la forma
    • 2
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    • Del recurso de casación en el fondo
    • 5
    • Los demandantes a través de su representante legal contestan el recurso de casación refiriendo que
    • III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • Por Sentencia congruente se entiende aquella que se adecue a las peticiones de las partes
    • El doctrinario HERNANDO DEVIS ECHANDÍA en su obra TEORÍA GENERAL DEL PROCESO, Tomo I pág
    • De manera específica con relación a la congruencia de las resoluciones judiciales en segunda instancia,
    • Con relación al principio de motivación de las resoluciones judiciales, la jurisprudencia constitucional ha sido
    • En ese mismo sentido, la SC 0012/2006-R de 4 de enero, complementó el razonamiento al
    • En ese orden valorativo, la SCP 1916/2012 de 12 de octubre, ha expuesto que la
    • Finalmente, en esta exposición del decurso de la doctrina relativa al principio de motivación y
    • Respecto al recurso de casación en la forma
    • Con relación a lo denunciado y de la revisión del Auto de Vista impugnado diremos
    • Con relación a la motivación como elemento esencial de una resolución, el Auto de
    • En definitiva el Auto de Vista impugnado no se refirió al presente proceso menos se
    • En ese sentido este Tribunal se ve imposibilidad de realizar análisis alguno respecto al fondo
    • Finalmente del análisis realizado se establece que en los hechos procesalmente no existe fallo de
    • Siendo evidente la nulidad a disponer no corresponde pronunciarse sobre los agravios de fondo
    • Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.

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