Auto Supremo AS/1065/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1065/2016

Fecha: 06-Sep-2016

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2.- Que del contenido del Auto de Vista recurrido, en ninguno de sus puntos hace referencia al cumplimiento del mandato señalando por el art. 197 del C.P.C., dicho incumplimiento no ha permitido que los de Alzada evidencien y analicen de forma objetiva la pruebas cursantes en: las fotocopias de fs. 41, 42, 43 y vta., y la prueba pericial; el contenido del informe de fs. 84 fue establecido de forma posterior al acto de inspección judicial de fs. 98-99, por lo que el Tribunal de Alzada no habría efectuado una correcta relación de datos; omisión del art. 197 del C.P.C., por la que erradamente concluyen señalando una supuesta contrariedad entre el contenido del informe de fs. 84-85 y el acta de audiencia de inspección ocular de fs. 98-99 vta