Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1066/2016
Fecha: 06-Sep-2016
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Partes: Edgar Antonio Reyes. c/ Rosario Vásquez de Cahuasa
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Proceso: Mejor Derecho Propietario y otros
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Distrito: La Paz
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I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Disponiendo en consecuencia el mejor derecho de propiedad de Rosario Vásquez de Cahuasa, ordenando asimismo
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Deducido el recurso de apelación por el demandante y remitida la misma ante la instancia
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II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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Que en el presente caso ambas partes habrían acreditado tener títulos de propiedad sobre el
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Cuestiona que en la demanda reconvencional de fs
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En este antecedente solicita al Tribunal Supremo de Justicia, casar el Auto de Vista recurrida
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Con relación a la respuesta al recurso la demandada señaló, que el recurso de casación
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III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos
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La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
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En este entendido, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que citando
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III
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Se debe señalar que la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0001/2013-L de 4 de enero de
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Ahora bien, el efecto de la nulidad extensiva, que se aplica en el ordenamiento Civil
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En este entendido, este Supremo Tribunal de Justicia ha orientado a través del Auto Supremo
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Empero, cabe aclarar que si la declaratoria de nulidad procesal importa una ineficacia de lo
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II
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De lo que se puede concluir que al momento de analizar los efectos de la
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Al respecto el Auto Supremo N° 1051/2015 de 16 de Noviembre, ha orientado que: “Según
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Ahora bien, en el caso del proceso anterior donde se declaró el mejor derecho propietario
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En este orden de ideas, corresponde puntualizar que el recurrente pretende encontrar cosa juzgada -
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Al respecto, corresponde señalar que el art
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La línea jurisprudencial asumida por este Tribunal, ha orientado en el Auto Supremos Nº 588/2014
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En este mismo sentido se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 408/2015 de
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Ahora bien, en cuanto al segundo presupuesto resulta conveniente citar lo razonado en el Auto
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Este mismo Auto Supremo Nº 648/2013 de 11 de diciembre citando el Auto Supremo Nº
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Siguiendo con el análisis, resulta importante determinar el antecedente del dominio por cuanto es desde
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Ahora bien, es posible que en este análisis del tracto sucesivo de ambos contendientes, no
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En este antecedente se puede concluir que actualmente no se puede negar una pretensión de
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Del análisis del recurso de casación se tiene que el recurrente realizar reclamos de forma
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Al respecto corresponde señalar que del análisis de obrados, se tiene que Rosario Vasquez de
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Si bien en criterio del Tribunal de Alzada, dicha disposición en relación a la cancelación
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Por otra parte, en cuanto a los reclamos de fondo se tiene que el mismo
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Al respecto corresponde señalar que los Jueces de instancia de manera contradictoria y confusa
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Razonamiento en cuanto a la valoración de la prueba y la interpretación del art
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En este antecedente, previamente a la contrastación de títulos, diremos que en obrados se tiene
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En este sentido, diremos que del análisis de la certificación cursante a fs
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Pues si bien los jueces de instancia incurrieron en error en la valoración de
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Por todo lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
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quedando sin efecto dicha disposición
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Siendo excusable el error no se impone multa
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Cumpliendo lo previsto por el art
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
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