Auto Supremo AS/1094/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1094/2016

Fecha: 19-Sep-2016

Si las leyes procesales han establecido un conjunto de procedimientos, implica que los actos no

En merito a la normativa descrita precedentemente, la jurisprudencia sentada por este Tribunal Supremo de Justicia, ha orientado sobre el tema en el A.S. Nº 057/2012 de 20 de marzo, en el entendido de que:”….la nulidad procesal es considerada como la sanción por la cual el ordenamiento jurídico priva a un acto jurídico de sus efectos normales cuando en su ejecución no se han guardado las formas prescritas para ello. Couture, señala que, "siendo el derecho procesal un conjunto de formas dadas de antemano por el orden jurídico, mediante las cuales se hace o desarrolla el juicio, la nulidad consiste en el apartamiento de ese conjunto de formas necesarias establecidas por la ley".
Si las leyes procesales han establecido un conjunto de procedimientos, implica que los actos no deben apartarse de dicho camino, bajo alternativa, en caso de hacerlo, de imponerse una sanción