Auto Supremo AS/1094/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1094/2016

Fecha: 19-Sep-2016

Sin embargo de la literal de fs

Sin embargo de la literal de fs. 1 a 4 (Testimonio de Declaratoria de Herederos) el Juez Séptimo de Instrucción en lo Civil y Comercial de la Capital-Santa Cruz al margen de declarar herederos ab-intestato en lo pro-indiviso a Wenceslao Laguna Justiniano, Norma Laguna Justiniano y Neisa Justiniano Baba Vda. de Laguna de todos los bienes acciones y derechos dejados al fallecimiento del causante, salva los derechos de Saúl, Juanita, Vanesa, Khatia, Selva y María Alejandra Laguna Justiniano; esta determinación lleva a la certeza de la existencia de otros coherederos sobre el bien inmueble objeto del litigio, por lo que, la presente acción tiene que ser de conocimiento de todos los herederos legales del causante, más aun si los derechos de los mismos fueron salvados por el Juez, extremo que implica integrarlos a la Litis conforme al art. 67 del Código de Procedimiento Civil, a efectos de que estos asuman defensa, puesto que pueden ser afectados por los alcances de la Sentencia, toda vez que el A-quo en la especie en Sentencia declaró probada la demanda de venta forzosa de inmueble, disponiendo en ejecución de Sentencia a proceder a la venta forzosa del inmueble ubicado en la UV. 48. MZ.14 registrado bajo la Matricula Nº 7.01.1.99.0085926 bajo el Asiento A-3 de 21 de diciembre de 2012, por lo que, en Autos existe la necesidad de integrar a la litis por el derecho sucesorio que tienen los otros coherederos sobre el bien inmueble objeto del litigio, aspecto que no fue observado por el Juez A quo como director del proceso que le obliga a cuidar que el mismo se desarrolle sin vicios de nulidad, incumpliendo lo previsto por los arts. 3 inc. 1) y 87 del Código de Procedimiento Civil, caso contrario se genera indefensión a Saúl, Juanita, Vanesa, Khatia, Selva y María Alejandra todos de apellido Laguna Justiniano, vulnerándose así el art. 115.II de la Constitución Política del Estado