Auto Supremo AS/1109/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1109/2016

Fecha: 23-Sep-2016

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5.- Con relación a la denuncia que el Auto de Vista no estuviese debidamente motivado al omitir valorar pruebas de descargo. Si bien el Auto de Vista no es ampuloso como pretende la recurrente, esta cumple con los presupuestos establecidos en la SC 1054/2011-R de 1 de julio, que indicó: “…..Asimismo, cabe señalar que la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo, pudiendo ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiéndose expresar las convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas; al contrario, cuando la resolución aún siendo extensa no traduce las razones o motivos por los cuales se toma una decisión, dichas normas se tendrán por vulneradas…”, en Autos, el Auto de Vista ahora impugnado contiene la suficiente motivación y fundamentación, en la cual se expuso los motivos suficientes que sustentaron la decisión de confirmar la Sentencia previa valoración de la prueba incursa en obrados