Auto Supremo AS/1109/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1109/2016

Fecha: 23-Sep-2016

Por otra parte, se argumentó que conforme los Informes cursantes en obrados, y la predisposición

Por otra parte, se argumentó que conforme los Informes cursantes en obrados, y la predisposición de la progenitora de rehabilitarse en interés de su menor, el Juez A-quo solo dispuso advertencia en contra de los progenitores independientemente de deponer actitudes de violencia, generar una sana nutrición y la asistencia a terapias psicológicas por el espacio de 2 años y a fin de evitar un desequilibrio emocional se estableció que los fines de semana un sábado el menor esté bajo el cuidado de os abuelos paternos y maternos., lo que no significa que se hubiese dispuesto la guarda total del menor a favor de los mismos, como mal entiende la progenitora, no siendo ilegal tal medida, por lo que, tampoco es evidente de que no hubo valoración de las pruebas, al ser estas las que condujeron a la convicción asumida en el fallo