Por otra parte, Hugo Alsina quien en su obra Tratado Teórico Practico de Derecho Procesal
Por otra parte, Hugo Alsina quien en su obra Tratado Teórico Practico de Derecho Procesal Civil y Comercial, tomo IV, página 136 y siguientes señala lo siguiente: “a) determinar cuándo hay cosa juzgada en razón de las personas, es establecer sus límites subjetivos; es decir, a quienes se extiende su Autoridad. En principio, la sentencia afecta únicamente a quienes hubieran intervenido en el proceso en calidad de partes, y no aprovecha ni perjudica a los terceros que hayan permanecido ajenos al mismo los cuales podrán oponer en su caso, la defensa de “cosa no juzgada”. Pero las relaciones jurídicas son tan complejas que, con frecuencia, la Litis afecta derechos de terceros (efecto reflejo), que se ven así vinculados a un proceso en el que no han intervenido, y de cuya sentencia, sin embargo, puede derivarles perjuicios, surgiendo entonces la necesidad de considerar la posibilidad de que estos terceros intervengan en el proceso para prevenir una sentencia que pueda serles desfavorable…”
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Disponiendo en consecuencia la cancelación del 50% en Derechos reales bajo las matriculas Nros
- Deducida la apelación por ambas partes y remitidas las mismas ante la instancia competente, la
- En relación al recurso de apelación de la parte demandante señala que de la revisión
- Forma
- Que existiría infracción al debido proceso ya que a fs
- Fondo
- Que aludir que el poder que le dieron a Dulia Hinojosa Guardia para transferir su
- Que la Sentencia anula el 50% de las transferencias que le correspondían al actor
- Por lo expuesto solicita al Tribunal Supremo de Justicia se anule el Auto de
- III.1.- De la Nulidad Procesal de oficio
- Por otra parte el art
- III.2.- De la facultad del Juez o Tribunal de disponer la Integración de la Litisconsorcio
- En el ámbito doctrinario, podemos citar a Couture que define al litisconsorcio como la situación
- Por otra parte, Hugo Alsina quien en su obra Tratado Teórico Practico de Derecho Procesal
- En consecuencia, a los efectos de las previsiones de los arts
- En este marco es preciso tener en cuenta que en cuanto al análisis de la
- Razonamientos que también se encuentran contenidos y orientados en los Autos Supremos Nros
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En razón de lo anterior y el sustento objetivo de la deficiencia con la que
- Por lo que, al amparo del art
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- Se dispone la remisión de la presente Resolución al Consejo de la Magistratura conforme lo
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
