Auto Supremo AS/1142/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1142/2016

Fecha: 29-Sep-2016

Al respecto diremos que la prueba cursante de fs

Al respecto diremos que la prueba cursante de fs. 160 consistente en el plano aprobado por reestructuración por la Dirección de Desarrollo Territorial del Gobierno Municipal de Santa Cruz, el cual fue ratificado como prueba por el demandante, habiendo el Juez de la causa dispuesto su ratificación por proveído de fs. 179, sin embargo como ya lo dijimos en el punto uno, la recurrente debió observar en el momento dicha ratificación al no haberlo hecho ha dotado de validez a todos esos actuados procesales, no pudiendo retrotraerse el proceso a etapas ya superadas. Con relación a que en la referida prueba no existiría el lote 15 Mzo. 28 debemos decir que por el desplazamiento que ha existido conforme el informe pericial cursante de fs. 268 a 271 señala que la ubicación del lote de la recurrente no es la correcta porque el mismo se encuentra desplazado distante a 470 metros al nor este, antes parcela 28 y actualmente se sobrepone a los manzanos 14 y 20 de la UV 167, documental que no ha sido enervada por ningún otro medio probatorio para demostrar que el lote sería el mismo y que no estaría desplazado