Auto Supremo AS/0045/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0045/2017

Fecha: 24-Ene-2017

Por último, en cuanto a la acusación de los arts

Por último, en cuanto a la acusación de los arts. 227 y 236 del Código de Procedimiento Civil, respecto a la falta de pronunciamiento de la petición del Gobierno Municipal; al igual que el punto precedente, se debe reiterar que el recurso se habilita para impugnar una decisión contraria al recurrente, sin embargo de ello, los recurrentes deben considerar que las peticiones del Gobierno Municipal son propias de dicha entidad, no pudiendo hacer valer las mismas para fundar un recurso en interés propio como se ha descrito en el punto III.2 de la doctrina, debe quedar entendido que el recurso se habilita para cuestionar la resolución respecto al derecho material propio del recurrente y no de terceras personas