Auto Supremo AS/0055/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0055/2017-RA

Fecha: 24-Ene-2017

5) Refiere inobservancia y errónea aplicación del art


5) Refiere inobservancia y errónea aplicación del art. 172 del CPP: i) puesto que planteó exclusión probatoria a las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, porque no se presentó dentro del término que establece el art. 340.I del CPP, es decir en 24 horas, ofreciéndola después de varios días; situación que el Juez no consideró, bajo el fundamento de que dicha norma sólo refiere “bajo responsabilidad” y no dice que puedan ser excluidas; sin embargo, considera que conforme al art. 172.II del CPP, carecen de toda eficacia probatoria los medios de prueba incorporados sin observar las formalidades previstas en el Código de Procedimiento Penal, siendo una de esas formalidades la prevista en el art. 340.I, siendo el cumplimiento de carácter obligatorio y no potestativo. Considera que precluyó el plazo del Ministerio Público para ofrecer sus pruebas. Así también señala que el ofrecimiento de las pruebas no cumple con las formalidades de identificación, individualización y pertinencia; toda vez, que sólo se las menciona. ii) Por otro lado refiere que tanto el Fiscal y la parte acusadora, plantearon exclusión probatoria de las grabaciones en medio magnetofónico sobre los hechos, momento en que estaba siendo agredido por María Luisa Condori, Brenda y el novio, prueba que fue ilegalmente excluida por el Juez A quo sin fundamento alguno para favorecer al Ministerio Público y querellante. Cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 33/2010 de 1 de julio